Con fecha 03 de marzo se ha publicado en el Boe, la oferta de empleo público para 2009, se establece por primera vez la reserva del 2% de los puesto a personas con algún tipo de discapacidad intelectual, a este porcentaje hay que sumarle el porcentaje que ya se venia aplicando para reserva de discapacitados consistente en el 5%.
Con esta nueva medida del Gobierno se eleva el total de plazas reservadas a personas con algún tipo de discapacidad al 7% …
Por otra parte, la convocatoria profundiza en las medidas que aseguran la igualdad de hombres y mujeres en los procesos selectivos. Así, en aquéllos en los que existan pruebas físicas se establecerán baremos diferentes para mujeres y hombres, y se permitirá aplazar las pruebas a las mujeres que, por embarazo de riesgo o parto, no puedan concluir los procesos selectivos con el resto de los aspirantes. Además, garantiza que toda la tramitación necesaria para participar en las distintas pruebas, así como el seguimiento del proceso, pueda realizarse por vía telemática.
La convocatoria de de este año recogerá 20.561 plazas de empleo público, lo que supone una reducción del 42,7 % de las que se ofertaron para el 2008 (35.895) y solo repondrá el 30 por ciento de los puestos vacantes por bajas, jubilaciones o excedencias, el mínimo que marca la ley.
Del total de plazas, las destinadas a de acceso libre ofertadas se elevará a 17.948, mientras que 2.613 serán de promoción interna.
La limitación de la tasa de reposición no se han aplicado de manera estrictamente proporcional, sino que se ha primado la incorporación de empleados públicos en los sectores que pueden contribuir a la recuperación económica del país, como el de las Tecnologías de la Información y la lucha contra el fraude fiscal.
Esta limitación no se aplica a los servicios públicos considerados esenciales, como las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado (4.957 plazas), la Administración de Justicia (2.883 plazas), las Instituciones Penitenciarias (1.667 plazas), la Educación, la Sanidad, la Inspección de Trabajo o la seguridad aérea. Tampoco afectará al personal que trabaja en la gestión de las políticas activas de empleo, de las prestaciones por desempleo y en el control y lucha contra el fraude fiscal y el control del gasto público.
| RESUMEN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO- 2009 |
PLAZAS |
| Administración General del Estado |
6.298 |
| -Funcionarios |
3.523 |
| -Personal Laboral |
824 |
| Total nuevo ingreso |
4.347 |
| -Promoción interna |
1.951 |
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| Instituto de Gestión Sanitaria (Promoción interna) |
57 |
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| E. Públicas Empresariales y Empresas Públicas |
534 |
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| Docentes |
150 |
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| Administración de Justicia |
2.883 |
| Administración central |
540 |
| CC.AA. con traspaso de la Adm. de Justicia |
2.343 |
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| FF.CC. de Seguridad del Estado |
4.957 |
| -Policía Nacional |
2.174 |
| Promoción interna |
150 |
| Nuevo ingreso |
2.024 |
| -Guardia Civil |
2.783 |
| Promoción interna |
455 |
| Nuevo ingreso |
2.328 |
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| Fuerzas Armadas |
5.682 |
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| TOTAL |
20.561 |
| Promoción interna |
2.613 |
| Turno libre |
17.948 |
A continuación podrás leer el artículo 5, “personas con discapacidad” del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009.
Artículo 5. Personas con discapacidad.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 7/2007, se reservará un 7 por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1, de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad así como la compatibilidad en el desempeño de las funciones, de modo que, progresivamente, se alcance el 2 por ciento de los efectivos totales en la Administración General del Estado. Del 7 por ciento de plazas reservadas, el 2 por ciento lo serán específicamente para personas que acrediten discapacidad intelectual.
El 7 por ciento de reserva antes mencionado, se aplicará en los mismos términos en las convocatorias de acceso libre y promoción interna, así como en las convocatorias de personal laboral fijo y temporal.
Al contenido de este artículo le será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
En las pruebas selectivas, incluyendo los cursos de formación o periodos de prácticas, se establecerán para las personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias o mediante convocatoria independiente a la de los procesos libres, garantizándose, en todo caso, el carácter individual de los procesos. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios, y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
En el anexo I del presente real decreto figura la reserva de plazas en cuerpos, escalas o categorías cuyas actividades o funciones son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una minusvalía. El número de plazas reservadas quedarán recogidas en las correspondientes bases específicas de las convocatorias.
Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en los procesos de acceso libre, no se podrán acumular al turno general, adicionándose al cupo de la oferta del siguiente año, hasta un límite máximo del 10 por 100.
En los procesos de promoción interna, las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno general.
Referencias:
Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009.
Ministerio de Administraciones Públicas
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